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250 preguntas sobre responsabilidad de directores y gerentes

28/12/2022
Los autores del libro respondieron preguntas sobre el ámbito laboral, concursal, de compliance, tributario y societario.

 

https://youtu.be/mRigydijT7I

El libro 250 preguntas sobre responsabilidad de directores y gerentes presenta un enfoque académico-práctico sobre la responsabilidad legal de directores y gerentes en las distintas áreas de gestión de la empresa.

Expusieron la Dra. Carla Arellano —consejera regional de compliance (Uruguay, Bolivia y Paraguay) de FERRERE Abogados—, el Dr. Alberto Baroffio —socio de FERRERE Abogados—, el Dr. Martín Fridman —abogado senior en el Departamento de Litigios y Arbitrajes de FERRERE Abogados, docente de ORT—, el Dr. Gianni Gutiérrez —socio director del Departamento Tributario de FERRERE Abogados y docente de ORT— y la Dra. Carolina Piacenza Araujo —abogada senior, FERRERE Abogados y docente de ORT—.

La presentación del libro tuvo lugar el viernes 18 de noviembre en modalidad híbrida: algunos participantes estuvieron en modo presencial en el Campus Pocitos de la Universidad ORT Uruguay y otros, en modalidad online a través de HyFlex®

El Mag. Mauricio Oppenheimer —director independiente de boards, exgerente general del Punta Carretas Shopping— moderó el evento.

Oppenheimer felicitó a los autores del libro. “Fue una grata sorpresa el poder recorrerlo, disfrutarlo y aprender. Muchas veces quienes trabajamos en directorios de empresas nos hacemos este tipo de preguntas. Creo que ustedes están colaborando de forma muy importante para que los directores y gerentes entendamos realmente cuáles son las contingencias que nos encontramos en nuestra vida profesional”. 

A continuación, Gutiérrez agradeció a todos los que, de alguna forma, acompañaron el trabajo del libro. 

El impacto legal de los directores

El moderador del evento contó que muchas veces existe, además de los directores, un advisory board, cuyos integrantes toman decisiones, pero no son directores formales y representantes de la empresa. “La pregunta para ustedes es: ¿Tienen las mismas responsabilidades? ¿Tienen el mismo impacto legal los directores formales que un advisory board?”.  

Gutiérrez señaló: “Participe o no en las decisiones, cualquiera sea su conducta, el director formal va a ser el responsable”. 

“Lo primero que me gustaría es remarcar cuándo se tiene la responsabilidad” —añadió Piacenza—. “No cualquiera va a tener responsabilidad por su accionar. Tiene que haber un daño y haber sido causado por ese director al que se busca sancionar. Si es responsabilizado por un mal desempeño de su cargo, es entonces cuando se va a analizar si actuó con lealtad o no”.

Asimismo, Arellano agregó: “En materia de corrupción, uno es responsable por su participación, no por el cargo objetivo que tiene en la empresa. El director ejecutivo tiene que revisar qué normativa uruguaya y extranjera es aplicable en cuanto a la anticorrupción porque de ahí va a depender su responsabilidad y eventuales sanciones”.

Baroffio, por su parte, afirmó que desde el punto de vista laboral los integrantes del advisory board sí pueden ser responsabilizados eventualmente.

“Las sentencias se fijan específicamente en si el director actuó dentro del ejercicio del cargo o si se dio que por momentos tomara atribuciones de propietario. Se toma en cuenta también si los empleados tenían claro quién era el verdadero empleador. Me parece importante la actuación que tenga cualquier director o cualquier otra persona que esté en la empresa”. 

El conflicto de intereses

“¿Cómo tiene que actuar un director cuando hay conflicto de intereses?”, preguntó Oppenheimer.

Fridman respondió que, cuando la empresa se encuentra en una situación económica complicada, puede que el director quiera tomar una decisión que difiera de otras visiones dentro de la empresa.

“Cuando la empresa no puede cumplir, porque no hay liquidez, me parece que hay que ir a concurso. Muchas veces esto es visto como la muerte de la empresa, pero hoy en día la regulación trata de darle otra forma al concurso, de dar una colaboración para salir de esa situación. La Ley de Concursos brinda una herramienta para este tipo de situaciones”.

Los límites personales

Oppenheimer preguntó también con respecto a los límites personales de la responsabilidad de los directores. “Es decir, a veces nos pasa que nosotros terminamos de ejercer un rol del directorio de una empresa y nos preocupa hasta qué momento seguimos siendo responsables de las decisiones que tomamos en el momento que fuimos directores activos”. 

“Se evalúa la responsabilidad del director hasta dos años hacia el pasado. Dentro de esos dos años, puede haber directores que ya no estén más en la empresa y que sean llamados para evaluar su responsabilidad en el proceso”, respondió Fridman y concluyó: “Puede ser que yo ya no tenga nada más que ver con la empresa, que haya sido accionista, haya vendido mi participación, pero igual tenga que participar en un proceso concursal de una empresa de la que no soy parte”. 

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